Fecha de publicacion: 30 de octubre de 2025

La Sudeaseg alerta sobre riesgos sistémicos en el mercado de fianzas y exige gestión prudente del riesgo para preservar la solvencia del sector asegurador

En el marco de las Charlas Formativas de la Superintendencia de la Actividad Aseguradora, expertos legales del área de Asesoría Legal advirtieron sobre el peligroso incremento de la exposición financiera de las aseguradoras debido a la emisión de contratos de fianza sin las contragarantías y reaseguros adecuados, una práctica que puede comprometer la estabilidad del sector. La ponencia, titulada «Los Actos Administrativos en el Sector Asegurador: el contrato de fianza y sus implicaciones», se llevó en el auditorio Luis Enrique Salcedo Trejo de la Sudeaseg, en Caracas.

La jornada formativa tuvo como objetivo central profundizar en el marco regulatorio de los actos administrativos y, de manera específica, analizar las particularidades y riesgos asociados al contrato de fianza. Los ponentes de la Oficina de Asesoría Legal subrayaron que, aunque lucrativo, el mercado de fianzas conlleva riesgos sistémicos que requieren una gestión «estratégica, procedimental e innovadora».

Diferencias cruciales y riesgos inherentes

Durante la exposición, se enfatizó que el contrato de fianza es de naturaleza mercantil y accesoria, a diferencia del contrato de seguro tradicional. «La fianza requiere de un contrato principal para subsistir y su riesgo cubre el incumplimiento del afianzado», explicaron los especialistas. Una característica única es el «derecho de repetición», que permite a la aseguradora, tras pagar al acreedor, reclamar el reembolso total al afianzado incumplidor a través de las contragarantías.

Sin embargo, la Sudeaseg manifestó su «preocupación» por una práctica observada en el mercado: «Con frecuencia, el propio afianzado actúa como su propio contragarante. Si este no cumplió con la obligación principal, resulta ilusorio esperar que cumpla con la contragarantía, lo que deja a la aseguradora totalmente expuesta», alertaron los ponentes.

Alerta máxima: condenas judiciales incrementales

El punto de mayor advertencia fue el referido a las sentencias judiciales. La Superintendencia alertó que los tribunales, especialmente en casos donde el acreedor es el Estado, están condenando a las aseguradoras no solo al pago de la suma afianzada, sino a montos significativamente mayores.
«Resulta alarmante que los fallos incluyan costas procesales, indemnizaciones, intereses moratorios, intereses sociales y honorarios profesionales. Este incremento sustancial de la deuda compromete financieramente a las empresas», se señaló durante la charla. Se destacó que este riesgo se agrava cuando el acreedor es el Estado, cuyas obras suelen estar revestidas de «interés social», lo que presiona aún más los fallos.

Recomendaciones estratégicas para la gestión del riesgo

Frente a este escenario, la Sudeaseg emitió una serie de recomendaciones enfáticas para las compañías aseguradoras:

  1. Debida Diligencia Exhaustiva: Realizar un estudio profundo previo a la emisión de cada fianza. «Una ejecución sin una contragarantía recuperable significa una pérdida total para la aseguradora», recalcaron.

  2. Contragarantías Sólidas: Asegurarse de que las contragarantías (como prendas, hipotecas o pagarés) sean efectivas, ejecutables y se ajusten estrictamente a la ley.

  3. Evitar la Concentración del Riesgo: Diversificar la cartera de fianzas para no verse afectado por una crisis sectorial o la insolvencia de un único afianzado.

  4. Cumplimiento Estricto de la Normativa: Respetar los límites máximos de retención por fianza y por afianzado establecidos en el nuevo marco regulatorio. Argumentar tener «capacidad financiera» para emitir fianzas ilimitadamente es un «error grave».

El nuevo marco regulatorio como herramienta de control

La ponencia también detalló las bondades del nuevo marco regulatorio para las fianzas, que incluye la obligatoriedad de manuales de suscripción, límites de retención y la regulación del pool de contragarantías. Se aclaró que la autorización de la Sudeaseg para las contragarantías es «post-mortem» –se solicita después de emitida la fianza– y que el organismo tiene un plazo de 24 horas para responder una vez consignada la solicitud completa. «El objetivo no es obstaculizar, sino prevenir riesgos», aseguraron.

Un llamado a la prudencia

En sus palabras finales, los expertos de la Sudeaseg hicieron un llamado a la reflexión: «La fianza no es un producto que pueda subestimarse. Su mala gestión no es solo un problema de una empresa, sino una amenaza para la estabilidad del sector asegurador en su conjunto». Reiteraron que, aunque el nuevo marco exige un seguimiento continuo y representa un trabajo adicional, es una herramienta crucial de gestión preventiva. Las puertas de la Oficina de Asesoría Legal permanecen abiertas para brindar orientación a las empresas, con el fin último de preservar la salud y solvencia de todo el sector asegurador venezolano.

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