Fecha de publicacion: 30 de octubre de 2025

En Charlas Formativas Sudeaseg despliega marco para canales alternativos y puntos de comercialización

La Superintendencia de la Actividad Aseguradora (Sudeaseg) presentó, en las instalaciones del Salón de Usos Múltiples del Instituto de Altos Estudios Especializados de Seguros y Reaseguros, Lic. Frederick Senior, la normativa que regula los canales alternativos de comercialización y tres nuevos productos de seguro diseñados para masificar el acceso a esta protección entre sectores de la población tradicionalmente desatendidos. Durante su ponencia, Alexandra Figueroa, explicó que esta iniciativa, establecida en la nueva ley del sector, busca aprovechar la tecnología y la infraestructura de comercios existentes para hacer de la compra de un seguro «una experiencia cotidiana y accesible».

El objetivo central es incrementar significativamente la penetración del seguro en Venezuela, que actualmente se sitúa en apenas un 6%. Para ello, se han creado tres nuevos productos específicos: los microseguros, dirigidos a sectores socioeconómicos vulnerables con primas de bajo costo para cubrir riesgos como hurto de bicicletas o equipos celulares; los seguros inclusivos, orientados a personas que, sin ser necesariamente de bajos recursos, no son candidatas a productos tradicionales debido a condiciones preexistentes como enfermedades, edad avanzada o discapacidad; y los seguros masivos, destinados a cualquier segmento que comparta una característica común, como ser trabajador de la construcción o taxista.

La Figura del Canal Alternativo: Requisitos y Proceso

Un pilar fundamental de esta estrategia es la figura del «canal alternativo». Estos son personas jurídicas –como farmacias, librerías o supermercados– con los cuales las aseguradoras pueden celebrar un contrato para utilizar su infraestructura y base de clientela con el fin exclusivo de comercializar los tres nuevos productos. «Los canales alternativos son personas jurídicas con las cuales las compañías de seguro celebran un contrato para utilizar su infraestructura y base de clientela existente», se explicó durante la charla.

Estos canales solo están autorizados a vender pólizas en cinco ramos: accidentes personales, funerarios, vida individual, vida colectiva y responsabilidad civil de vehículo. Para ser elegible, el canal debe estar legalmente constituido en el país, tener al menos un año de operación, contar con infraestructura para venta masiva, demostrar estabilidad financiera y que su actividad principal no esté relacionada con el sector asegurador.

El proceso exige a las aseguradoras registrar ante la Sudeaseg el contrato con el canal, el cual debe estipular claramente que la responsabilidad última del producto recae siempre sobre la compañía de seguros, no sobre el establecimiento comercial. Asimismo, el contrato debe fijar la remuneración del canal en un 10% y prohibir expresamente el cobro de cargos adicionales, condicionar la venta, delegar la tramitación de siniestros o ofrecer incentivos a los empleados del canal por las ventas realizadas.

Control, Prohibiciones y Capacitación Obligatoria

La Sudeaseg ejerce un control estricto sobre este ecosistema mediante la revisión de recaudos, la solicitud de informes y la realización de inspecciones aleatorias in situ. «Ante irregularidades, la Superintendencia iniciará los procedimientos administrativos sancionatorios correspondientes», se advirtió. Algunas prohibiciones clave para los canales son comercializar productos no autorizados, realizar publicidad no aprobada, promocionarse como una aseguradora o figurar como contratante en las pólizas que venden.

La capacitación del personal del canal es una obligación ineludible para la aseguradora. Esta formación, de al menos seis horas por ramo, debe cubrir las coberturas, exclusiones, procedimientos de contratación y notificación de siniestros. La Sudeaseg debe recibir la lista de instructores y del personal capacitado.

Diferencias con Puntos de Comercialización y el Rol de las Insurtech

Durante la presentación, se aclaró la crucial diferencia entre un canal alternativo y un punto de comercialización tradicional. Mientras los primeros solo venden los tres nuevos productos de forma pasiva (sin ofrecer asesoría) utilizando a su propio personal (ej. el cajero de una farmacia), los puntos de comercialización pueden ofrecer toda la gama de productos de la aseguradora con personal especializado que sí brinda asesoría.

Finalmente, se abordó el papel de las empresas Insurtech (tecnología aplicada a los seguros), las cuales en Venezuela actúan como prestadoras de servicios y deben estar respaldadas siempre por una aseguradora autorizada. Para contratar sus servicios, las aseguradoras deben notificarlo a la Sudeaseg, suscribir una póliza de responsabilidad civil que cubra riesgos de ciberseguridad y constituir una fianza.

Con esta regulación, la Sudeaseg sienta las bases para una expansión ordenada y segura del mercado asegurador, priorizando la inclusión y la protección del consumidor, al tiempo que dota al sector de herramientas modernas para alcanzar a una base más amplia de la población.

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